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El Fideicomiso Mercantil es un patrimonio autónomo constituido por recursos en efectivo, bienes muebles o inmuebles para que AFPV cumpla con las finalidades específicas establecidas en el contrato de Fideicomiso a favor del Beneficiario.

La personal natural o jurídica que constituye un Fideicomiso Mercantil se denomina CONSTITUYENTE y la persona natural o jurídica en cuyo Beneficio se celebra el Fideicomiso se denomina BENEFICIARIO.

El Fideicomiso Mercantil mantendrá la propiedad de los bienes muebles o inmuebles transferidos a su favor; es decir, que el Fideicomiso aparecerá en los registros públicos correspondientes como el propietario de tales bienes.

Una ventaja muy importante de señalar es que la transferencia a título de fideicomiso mercantil está exenta de todo tipo de impuestos, tasas y contribuciones.

Fideicomiso Mercantil: Patrimonio Autónomo | AFPV

Así, la transferencia de dominio de bienes muebles realizada a un Fideicomiso Mercantil está exenta del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de otros impuestos indirectos. Igual exención se aplica en el caso de que el Fideicomiso realice la devolución de los mismos bienes muebles al Constituyente, es decir, a quien los transfirió inicialmente.

Por su parte, la transferencia de bienes inmuebles a favor de un Fideicomiso Mercantil está exenta del pago de impuestos de alcabalas, registro e inscripción, así como el impuesto a las utilidades en la compraventa de predios urbanos y plusvalía de los mismos. Igual exención aplica en el caso de que el Fideicomiso Mercantil restituya (devuelva en propiedad) los mismos bienes inmuebles al Constituyente, es decir, a quien los transfirió inicialmente. No obstante lo anterior, se encuentran gravadas las transferencias que haga el Fideicomiso en favor del Beneficario en cumplimiento de las finalidades contractuales.

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